Derecho Civil · Arrendamientos
¿Qué puedo hacer si el casero no me devuelve la fianza?
Si has terminado el alquiler y el casero no te devuelve la fianza, puedes reclamar el saldo que corresponda, pero antes conviene comprobar cuándo entregaste las llaves, qué cantidad retiene y por qué. Si transcurre un mes desde la entrega de las llaves sin que se haya restituido el saldo debido, esa cantidad empieza a devengar el interés legal.
Respuesta rápida
Qué hacer si no te devuelven la fianza
Acredita la entrega
Conserva prueba de la fecha en la que entregaste las llaves y devolviste la vivienda.
Pide el detalle de los descuentos
Si no recibes toda la fianza, comprueba qué cantidades retiene el arrendador y por qué.
Reúne las pruebas
Guarda contrato, justificante de la fianza, inventario, fotografías, vídeos, mensajes y recibos relevantes.
Reclama dejando constancia
Identifica la cantidad que solicitas y utiliza un medio que permita acreditar la reclamación, su contenido y su recepción.
En esta guía
¿Cuándo debe devolverme el casero la fianza?
Al finalizar el alquiler debe determinarse qué saldo corresponde devolver. La Ley de Arrendamientos Urbanos establece que, si transcurre un mes desde la entrega de las llaves sin haberse restituido ese saldo, empieza a devengar el interés legal.
Esto no significa que el arrendador disponga literalmente de «30 días para revisar la vivienda» ni que toda la fianza tenga que devolverse necesariamente íntegra. Primero habrá que comprobar si existe alguna cantidad que pueda descontarse justificadamente.
¿Qué puede descontar el casero de la fianza?
No cualquier cantidad puede retenerse automáticamente. Pueden existir, por ejemplo, rentas o suministros pendientes o daños imputables al arrendatario, pero habrá que comprobar que la deuda o el deterioro existen, a quién corresponden y qué importe puede justificarse.
Desperfectos y desgaste por el uso no son lo mismo
El Código Civil establece que el arrendatario debe devolver la vivienda como la recibió, salvo el menoscabo producido por el tiempo o por causa inevitable.
Desgaste por el uso y el tiempo
El deterioro normal asociado al uso, a la antigüedad o al paso del tiempo no debe confundirse automáticamente con un daño imputable al inquilino.
Daño imputable al arrendatario
Para valorar un posible descuento importan el estado inicial y final, la duración del alquiler, la causa del deterioro y las pruebas disponibles.
¿Y la limpieza, los suministros u otras cantidades?
No todo gasto de limpieza puede descontarse automáticamente de la fianza. Habrá que comprobar el estado en que se entregó la vivienda, las obligaciones asumidas en el contrato, si existe realmente un gasto imputable al arrendatario y cómo se justifica su importe.
Lo mismo ocurre con suministros u otras cantidades pendientes: conviene identificar exactamente el concepto y la cifra reclamada.
¿Qué pruebas necesito para reclamar la fianza?
Lo más útil es poder acreditar cómo terminó el alquiler, cuándo se devolvió la vivienda y cuál es el origen de la cantidad discutida.
- Contrato de alquiler.
- Justificante del pago de la fianza.
- Inventario o documento sobre el estado inicial.
- Fotografías y vídeos de entrada y salida.
- Prueba de la entrega de las llaves.
- Mensajes y correos con el arrendador.
- Justificantes de rentas y suministros relevantes.
- Documentos o facturas aportados para justificar las retenciones.
No disponer de todos estos documentos no impide necesariamente reclamar, pero sí puede condicionar qué hechos pueden acreditarse.
¿Cómo reclamo la fianza si el casero no me la devuelve?
Empieza con una reclamación clara y documentada. Identifica el contrato, la fecha de entrega de las llaves, la cantidad cuya devolución solicitas y el motivo, y utiliza un medio que permita acreditar qué se comunicó y que la otra parte recibió la reclamación.
Reclama dejando constancia
La reclamación debe permitir identificar la cantidad solicitada, su motivo y la fecha en la que se formula. Conserva también prueba de su contenido y recepción.
¿Y si el casero sigue sin pagar?
Si se plantea reclamar judicialmente una cantidad por la fianza, con carácter general deberá haberse intentado previamente una actividad negociadora, salvo que concurra alguna de las excepciones previstas legalmente.
La negociación puede realizarse directamente entre las partes, entre sus abogados o mediante otros medios admitidos por la ley. Además, el intento debe poder acreditarse documentalmente.
Por eso, la forma en que se plantea y documenta la reclamación previa puede ser relevante si posteriormente resulta necesario acudir a los tribunales.
¿Qué errores pueden dificultar la reclamación?
Los principales problemas suelen aparecer cuando resulta difícil demostrar cuándo se entregó la vivienda, cómo se encontraba o qué cantidad se reclamó.
- Entregar las llaves sin conservar prueba de la fecha.
- Borrar fotografías, vídeos, mensajes o correos.
- Aceptar descuentos sin conocer su concepto e importe.
- Reclamar sin concretar la cantidad solicitada ni conservar prueba del contenido y la recepción.
Preguntas frecuentes
¿El casero tiene exactamente 30 días para devolver la fianza?
La LAU no establece literalmente un «plazo de 30 días para revisar la vivienda». Lo que dispone es que el saldo de la fianza que deba restituirse empieza a devengar interés legal cuando ha transcurrido un mes desde la entrega de las llaves sin haberse devuelto.
¿Puede quedarse con toda la fianza por desperfectos?
No automáticamente. Habrá que comprobar qué daños existen, si son imputables al arrendatario, cuál es su coste y qué puede acreditarse sobre el estado inicial y final de la vivienda.
¿Puede descontar la limpieza de la vivienda?
No de forma automática por el mero hecho de alegar que fue necesaria. Deben valorarse el estado de entrega, lo pactado, la existencia del gasto, su imputación al arrendatario y la justificación de la cantidad descontada.
¿Puedo reclamar intereses?
Sí. El saldo de la fianza que deba restituirse devenga el interés legal una vez transcurrido un mes desde la entrega de las llaves sin que se haya hecho efectiva su devolución.
Antes de revisar el caso
Reúne el contrato, el justificante de la fianza, las comunicaciones, la prueba de entrega de llaves, las fotografías y cualquier explicación o documento sobre los descuentos. Con esa información puede valorarse mejor qué cantidad corresponde reclamar y cómo plantear la reclamación.
¿No sabes si los descuentos de tu fianza están justificados?
Dentro de nuestro asesoramiento en arrendamientos urbanos, podemos revisar el contrato, las comunicaciones, el estado y entrega de la vivienda y las cantidades retenidas para valorar qué puedes reclamar y cuál es el siguiente paso adecuado.
Atención presencial en Algemesí, Valencia, y consulta online para toda España.